martes, abril 27, 2010

Memoria y hemeroteca

“Ni la Ley de Amnistía ni la de Memoria Histórica pueden coartar la autonomía del juez penal en la averiguación del delito. Es injusto y ofensivo atribuir al intento de juzgar los crímenes de la dictadura la finalidad de burlar la voluntad de las Cortes democráticas de España.”

(Editorial de El País, 10 de febrero de 2010)

“…la amnistía es un acto excepcional, justificado por la razón de Estado y por la necesidad de hacer borrón y cuenta nueva de acontecimientos tan cruentos y dolorosos para un pueblo como es una guerra civil -una guerra entre hermanos- y una larga dictadura. La España democrática debe mirar hacia adelante, olvidar las responsabilidades y los hechos de la guerra civil, hacer abstracción de los cuarenta años de dictadura. La mirada hacia el pasado sólo debe tener como propósito la reflexión sobre las causas de la catástrofe y la forma de impedir su repetición. Un pueblo ni puede ni debe carecer de memoria histórica; pero ésta debe servirle para alimentar proyectos pacíficos de convivencia hacia el futuro y no para nutrir rencores hacia el pasado.”

(Editorial de El País, 15 de octubre de 1977)

Del gran blog de Santiago González.
Sobre el mismo tema pueden leer un magnífico artículo de Ignacio Camacho en ABC.

2 comentarios:

Strafford dijo...

Santiago Gonzalez, Ignacio Camacho.....veo que frecuentamos las mismas fuentes.

IVAN REGUERA dijo...

Strafford: Las fuentes de la sabiduría.